La Asociación Unión Médica Profesional (UNIPROMEL) presentó ayer sendas preguntas ante el Parlamento Europeo. Lo hace ejerciendo el derecho de petición contemplado en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y el art. 44 de la Carta de Derechos Fundamentales, explica Juan Ignacio Navas, socio-director del despacho Navas & Cusi, especializado en derecho europeo, que asesora a esta asociación de médicos de ejercicio libre.
La queja fundamental se basa en la no aplicación por parte del Estado español de lo dispuesto en el art. 17.3 de la directiva Bolkestein (D2016/97 del Parlamento y del Consejo de 20 de enero) que establece que los distribuidores de seguros no pueden establecer criterios de remuneración que afecten al mejor interés de sus clientes. Tampoco pueden evaluar el rendimiento de sus empleados si ese criterio entra en conflicto con el mejor interés de los clientes.
"En nuestro caso, las aseguradoras no deberían de evaluar el rendimiento de los médicos que afecte al bienestar de los pacientes; pero lo hacen. Deciden, por ejemplo, el tiempo de hospitalización al fijar precios cerrados para cada patología, excluyendo el criterio del profesional que ha examinado al paciente concreto. Y además imponen honorarios con una confección unilateral de baremos, expulsando de los cuadros médicos a quién ose plantear una propuesta alternativa", lamenta Ignacio Guerrero, presidente de la Unión Médica Profesional. "El mismo colegio de Médicos de Barcelona fue sancionado por publicar en su web un listado de honorarios orientativo", añade.
La conclusión de las prácticas de las aseguradoras y de los grupos hospitalarios españoles, según Guerrero, es que "han cerrado el acceso a los médicos de ejercicio libre". Y lo peor: "han vulnerado el derecho del paciente a la libre elección de médico". Además, el presidente de UNIPROMEL lamenta que estas prácticas hayan roto la relación médico-paciente, "quebrando el orden público sanitario".
En opinión de Navas, la práctica de las aseguradoras y de los grupos hospitalarios supone una quiebra del art. 15 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE que contempla la libertad profesional y el derecho a trabajar. Recuerda que la sentencia Sky Österreich de Luxemburgo consagra la libre elección de clientes y proveedores y la libertad para determinar el precio de las prestaciones. "No se respeta el derecho a la libre elección de proveedores ni la libertad para fijar precio de las prestaciones", señala Guerrero.
La pregunta formulada ante el Parlamento Europeo también recuerda la sentencia c-531/06 del Tribunal de Justicia de la UE con sede en Luxemburgo que exige que los farmacéuticos tengan "independencia profesional real" excluyendo a los mayoristas por su sospecha de ostentar otros intereses. "Lo que queremos es que se garantice que los médicos tienen independencia real; y lamentablemente en España no existe por las presiones de las aseguradoras".
El escrito concluye que el sistema de la salud privada en España "viola el derecho a la vida y a la integridad física" dañando gravemente el derecho a la salud. Por eso se pregunta si "la violación grave y persistente" por parte del Estado español no le hace merecedor de una sanción. "Necesitamos que la normativa europea se aplique en plenitud en España y eso significa liberalizar el ejercicio libre de la medicina y empoderar al paciente", concluye Guerrero.
"La directiva Bolkestein fue traspuesta con mucho retraso en el RDL 3/2020, pero en realidad no se está aplicando, dejando a los profesionales a los pies de las aseguradoras y empobreciendo gravemente la libertad profesional y el servicio al paciente; esperamos que esta pregunta ante el Parlamento Europeo fuerce a las autoridades a aplicar plenamente lo dispuesto en la directiva", concluye el abogado.