Los centros deportivos de Extremadura deberán contar con desfibriladores

La nueva normativa en materia de cardioprotección regula la obligación de instalar desfibriladores en otro tipo de espacios públicos, comerciales y de trabajo

Extremadura se ha unido al grupo de comunidades autónomas que apuestan por la cardioprotección. El gobierno extremeño ha publicado el pasado 12 de marzo un decreto que obliga a la instalación de desfibriladores fuera del ámbito hospitalario. La nueva normativa regula también el uso de los sistemas del DEA/DESA, la autorización de entidades para formar en su utilización y establece la creación de un registro de desfibriladores en Extremadura.

De acuerdo con el decreto, los centros e instalaciones comerciales con superficie de venta igual o superior a 2.500 m2 están obligados a la instalación de un equipo por planta. También lo están los aeropuertos y estaciones de autobuses o ferrocarril situados en poblaciones de más de 30.000 habitantes; las instalaciones deportivas y centros recreativos con un aforo igual o superior a 700 personas;  los establecimientos donde se realicen espectáculos o actividades públicas, con aforo igual o superior a 1.000 personas; los centros educativos con capacidad igual o superior a 500 alumnos; y los centros de trabajo de más de 250 personas.

El decreto recomienda también la instalación de desfibriladores en centros y equipamientos comerciales (individuales o colectivos) con superficie de venta de 1.000 m2 o más, estaciones de transporte terrestre en poblaciones de más de 15.000 habitantes; instalaciones deportivas o centros recreativos, ya sean públicos o privados, con aforo igual o superior a 400 personas.

La recomendación se extiende a establecimientos públicos, locales e instalaciones en los que se desarrollen espectáculos públicos, con aforo autorizado igual o superior a 500 personas y Residencias con capacidad superior a 80 camas, destinados a personas con discapacidad, trastorno mental, deterioro cognitivo, mayores o cualquier otro colectivo que, por las especiales condiciones de vulnerabilidad física o riesgo psicosocial, así lo aconseje.

"El objetivo de B+SAFE –explica Nuño Azcona, Director General de B+Safe- es conseguir que todas las comunidades de España cuenten con una legislación que regule tanto el uso como la instalación de desfibriladores (DEA/DESA) fuera del ámbito hospitalario, de este modo llegaremos al menos a las cifras de otros países europeos como Francia en materia de cardioprotección. En B+SAFE Estamos presentes con equipos DOC -desfibrilador Operacional Conectado-  en muchos Ayuntamientos, empresas públicas y privadas, centros comerciales, colegios, museos, fábricas, oficinas… Y es una necesidad ya que ante una parada cardíaca, por cada minuto que pasa disminuyen en un 10% las posibilidades de supervivencia. Practicar el masaje cardiaco (RCP) de inmediato junto a la aplicación del desfibrilador, puede salvar la vida de una persona. Además, nos preocupa especialmente la presencia de desfibriladores en espacios deportivos, de ahí que desde nuestro proyecto de RSC ‘Proyecto+Vida' promovamos la cardioprotección de eventos deportivos cediendo desfibriladores DOC de manera gratuita. El año pasado estuvimos presentes en carreras donde se atendieron hasta 5 personas por paradas cardiorespiratoria".

Espacios cardioprotegidos ‘conectados'

La cardioprotección es una tendencia emergente orientada a la protección del corazón en caso de episodios cardíacos. El gran número de muertes por paro cardíaco en la población, ha animado a gobiernos, empresas, entidades y asociaciones a concienciar a la población y tomar medidas que permitan revertir la situación gracias a la creación de zonas o espacios cardioprotegidos. Estas zonas cuentan con, según la superficie y la afluencia de público, al menos uno o varios desfibriladores, con un adecuado servicio de mantenimiento y con personas adecuadamente formadas para poder garantizar una rápida actuación en caso de paro cardíaco repentino (para conseguir que vuelva a latir el corazón de la persona afectada), hasta la llegada de los servicios médicos de emergencia.

De este modo, es importante que en las Comunidades Autónomas informen a las autoridades competentes de un registro para conseguir llevar un mapa o listado de los puntos de cardioprotección en cada una de esas zonas.

Para que las posibilidades de supervivencia ante un paro cardíaco repentino sean óptimas, se debe realizar de forma inmediata una resucitación cardiopulmonar (RCP) que permita mantener el flujo necesario de sangre oxigenada al cerebro hasta que se restablezca el ritmo cardíaco normal mediante la descarga eléctrica suministrada por un desfibrilador. El tiempo máximo para aplicar la desfibrilación a una persona que ha sufrido un paro cardiaco repentino es en los primeros 5 minutos.

Hay identificados cuatro pasos críticos para tratar el paro cardíaco repentino, denominados Cadena de Supervivencia:

  1. Reconocimiento y llamada al servicio de emergencia.
  2. Una rápida resucitación cardiopulmonar (RCP).
  3. Desfibrilación temprana.
  4. SVA y cuidados post-resucitación.

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